BARANDILLAS DE SEGURIDAD
Las barandillas de seguridad de aluminio están reguladas en la norma normalizadora EN ISO 14122-3:2017 que establece la regulación de montaje de este tipo de protección colectiva. Son muchos los entornos en los que deben de instalarse las barandillas de seguridad que evitan del riesgo de caída al exterior:
- + Terrazas, tejados y cubiertas.
- + Zonas altas de naves industriales y edificios.
- + Cubiertas de silos industriales.
- + Cubiertas metálicas, fibrocemento, chapa…
- + Cubiertas con claraboyas, muros y otras partes de la estructura.
El empresario deberá de aplicar las medidas que integran el deber general de prevención y por ello el artículo 15.1.h “Principios de la acción preventiva” de la Ley Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, de 8 de noviembre, debe adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva.
Por ello, el propietario debe restringir el acceso a las zonas elevadas en sus instalaciones y con ello evitar el peligro de caída en este tipo de entornos. Es el empresario el que debe asegurarse que cuenta con profesionales que tengan la certificación del fabricante para que se instalen barandillas de seguridad homologadas mediante una instalación certificada.
El Real Decreto 1215/1997 del 18 de julio sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud para el uso por los trabajadores de los equipos de trabajo, salvo en los casos que haya que usar escalera de mano y trabajos verticales debido a que se requieren técnicas de acceso mediante cuerdas donde exista riesgo de caída en altura de mas de 2 metros, los equipos de trabajo deberán de disponer de barandillas de seguridad o cualquier otro sistema de protección colectiva que proporcione una seguridad equivalente.